El Tribunal de Justicia de la UE declara ilegal el impuesto español de sucesiones y donaciones.

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El Tribunal de Justicia de la UE declara ilegal el impuesto español de sucesiones y donaciones. Establece diferencias de trato injustificadas entre residentes y no residentes. El diseño del tributo supone una limitación a la libre circulación de capitales. Hacienda asegura que aún es pronto para avanzar futuras actuaciones. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha determinado en una sentencia que el impuesto sobre sucesiones y donaciones en España viola la legislación comunitaria al establecer una diferencia de trato entre los residentes y no residentes a la hora de aplicar reducciones fiscales. El fallo condena en costas a España y responde a un recurso interpuesto contra España en marzo de 2012 por la Comisión Europea (CE) por considerar que algunos aspectos de la legislación estatal del impuesto de donaciones y sucesiones eran incompatibles con el Tratado de Funcionamiento de la UE en cuanto a la libre circulación de personas y de capitales y con el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. El Tribunal de Justicia acepta las alegaciones de España en los relativo a la libre circulación de personas, porque la CE no ha demostrado de qué manera la legislación española puede afectar a dicha libertad, pero confirma que ésta “constituye una restricción de la libre circulación de capitales“.