HERENCIAS
Tanto si quiere preparar su testamento como si se ha producido la muerte de un familiar debe contar con el asesoramiento de un abogado especialista en herencias y sucesiones que le aconseje.
NUESTROS SERVICIOS EN DERECHO HEREDITARIO SON
- Redacción de testamentos y actos de última voluntad
- Nulidad de Testamentos y otros actos de última voluntad
- Nulidad de la Institución de Hereu
- Nulidad del Legado y Reducción de Legado
- Donaciones por causa de muerte
- Prohibiciones de Disponer
- Herencias sin Testamento o acto de última voluntad
- Legítimas
- Reservas Hereditarias
- Manifestación, Aceptación de Herencia, Inventario y Partición de Herencia
- Aceptación de Herencia por acreedores del heredero
- Pluralidad de herederos
- Asesoramiento Fiscal
EN CASO DE DEFUNCIÓN
El primer paso que debe dar el posible heredero, es obtener el Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad.
El Registro General de Actos de Última Voluntad es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Justicia y a cargo de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el que hacen constar todos los otorgamientos de testamentos ante un notario español. Cada vez que alguien otorga testamento ante Notario, éste está obligado a remitir a dicho Registro a través de su Colegio Notarial un comunicado de acuerdo con un modelo oficial, que contiene los datos relativos a este testamento.
Este certificado permite conocer y acreditar si el fallecido había otorgado o no testamento y, en caso afirmativo, la fecha y el notario ante el cual fue otorgado. Una vez conocidos estos datos mediante el certificado, los interesados podrán dirigirse al notario ante el cual se otorgó el testamento para obtener una copia. A partir de aquí se obtiene el título hereditario.
Se entiende por título hereditario el documento de donde resulta que son las personas con derecho a la herencia del fallecido. El título hereditario es el testamento o, en defecto de éste, la declaración de herederos intestados.